jueves, 24 de mayo de 2007






Unidad 2 El Ejercicio Farmacéutico

Antecedentes históricos de la profesión farmacéutica
La venta de fármacos, la ejercía un idóneo en farmacia, persona acreditada por el personal de Salud Publica del Ministerio de Salud, debiendo rendir el correspondiente examen que lo acredite en su función.

Incumbencia del título de farmacéutico
Regulan su actividad, las resoluciones del Ministerio de Educación de la Nación 1382/83, la cual lo habilitan para:
1- Ser director responsable del funcionamiento de la farmacia , así como la industria farmacéutica
Su titulo lo habilita para ejercer la profesión en farmacias particulares y privadas,
Su titulo posee validez Nacional
2- Establecer las regulaciones técnicas , higiénicas , de seguridad, que deben reunir los ambientes en los que se desarrollen los procesos tecnológicos
3- Integrar al personal técnico de producción , control y desarrollo
4- Extraer, aislar, reconocer, identificar y conservar fármacos y nutrientes naturales de origen vegetal, animal y mineral.
5- Sintetizar drogas. Preparación y venta de medicamentos, para favorecer la curación y prevención de las enfermedades de los seres vivientes.
6- Controlar la calidad de la producción de medicamentos, alimentos y cosméticos, relacionado con las materias primas
7- Ejercer la dirección de laboratorios de análisis de drogas y fármacos
8- Realizar estudios farmacológicos, efectuados en procesos biológicos aislados o en seres vivientes.
9- Actuar como asesor, consultor y perito en funciones que requieran del conocimiento científico o técnico, dado por el titulo farmacéutico
10-Intervenir en el establecimiento de reglamentos para materias primas y drogas relacionadas con fármacos, alimentos y cosméticos.
11- Colaborar en la confección del Formulario Nacional, de la Farmacopea y de los códigos y normas alimenticias.
12-Realizar funciones paramédicas , autorizadas por la legislación sanitarias, como por ejemplo: primeros auxilios, toma de la presión arterial, inyecciones, vacunas, etc.

Ejercicio Ilegal, el farmacéutico frente al Código Penal

Charlatanerismo

Art. 208 del código penal
Es la persona que posee titulo habilitante, pero incurre en delito, porque capta pacientes, con promesas de curación falsas.

Curanderismo
Art 208 del código penal
Es la persona que se atribuye la curación de pacientes sin titulo habilitante para tal fin.

Prestación y usurpación del título
Prestación de nombre: Art 208 del Cod. Penal.
Es la persona, que con titulo habilitante , para el ejercicio farmacéutico, presta su nombre a otro que carece del mismo
Usurpación de titulo: Art 247 del Cod Penal
Es la persona que públicamente , se apropia de títulos profesionales, que no le corresponden.

Obligaciones y responsabilidades del farmacéutico






Responsabilidad penal
Es la obligación que tiene toda persona que ejerce el arte de curar, de responder ante la justicia que pudieran ocasionar por el ejercicio de la profesión (ley: 17565)
Se divide en:
Delito doloso: Es el caso en que hay intención de cometerlo
Delito culposo: Es el caso típico de responsabilidad profesional, no tiene intención de ser cometido.

Responsabilidad civil
Según sus causa se pueden clasificar en:
Imprudencia
Impericia
Negligencia
En estos casos las penas son de tipo económico y/o inhabilitación, Son los típicos delitos de mala praxis.

Negligencia
Es cuando no se cumplen los preceptos elementales de una profesión

Impericia
Es por falta de los conocimientos técnicos, propios de la profesión

Imprudencia
Cuando el profesional incurre en un riesgo innecesario, sin tomar las debidas precauciones.

Responsabilidad
Una vez designado y notificado el profesional debe aceptar el cargo (Art 243 del Cod. Penal)

Excusación y reacusación
Un perito puede excusarse de aceptar la pericia si considera que por relación con alguna de las partes, no podrá evitar subjetividades
Una de las partes, puede recusar al perito designado, es decir, oponerse a su participación, si tiene razones para considerar que el mismo no tendrá una posición imparcial en su peritaje.

Autoridades nacionales, provinciales y municipales encargadas del control sanitario.





Funciones
Son las funciones que ejerce Salud Pública.



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